Author: Dianeth Pérez Arreola
Por Dianeth Pérez Arreola
octubre 28, 2021 | 7:11 pm
Este reportaje es parte del Hub de Periodismo de Investigación de la Frontera Norte, un proyecto del International Center for Journalists en alianza con el Border Center for Journalists and Bloggers
Mexicali.- En diciembre de 2020 el Instituto Nacional Electoral (INE) publicó una resolución en la que fijó los criterios para garantizar imparcialidad y equidad en el proceso electoral 2020-21, que terminaría el 6 de junio de 2021 con la elección de 15 gubernaturas y cientos de otros cargos en el país. Baja California renovó el ejecutivo estatal, diputaciones y ayuntamientos.
En su resolución, el INE reiteró el deber de todos los servidores públicos de sujetarse a lo dispuesto en el artículo 134 de la Constitución, que les obliga a aplicar con imparcialidad los recursos públicos, sin influir en la competencia electoral.
Específicamente estableció que cualquier acto de propaganda o comunicación debería ser de carácter institucional y, exclusivamente, con fines informativos o de orientación social. “En ningún caso esta propaganda incluirá nombres, imágenes, voces o símbolos que impliquen promoción personalizada de cualquier servidor público”.
La resolución del INE debió ser acatada de inmediato por los funcionarios públicos de todos los niveles en Baja California, sin embargo, la evidencia sugiere que no fue así, al menos no del todo.
Durante el pasado proceso electoral fueron interpuestas, hasta el mes de junio pasado, un total de 41 denuncias por promoción personalizada en Baja California: 24 de ellas contra el hoy gobernador saliente Jaime Bonilla Valdez y nueve contra Marina del Pilar Ávila Olmeda, la ex alcaldesa de Mexicali que ganó la elección por la gubernatura y tomará posesión del cargo el 1 noviembre.
El resto de las denuncias fueron interpuestas contra otros servidores públicos y candidatos: Armando Ayala, alcalde de Ensenada; Karla Patriia Ruiz McFarland, ex alcaldesa de Tijuana; Julieta Ramírez, diputada federal por Mexicali, Alejandra León, Senadora de la República; Eva María Vázquez, ex candidata a la alcaldía de Mexicali; Norma Bustamante, quien ganó la elección para la alcaldía de Mexicali; Mario Escobedo Carignan, secretario de Economía y Turismo Sustentable y Alonso Óscar Pérez Rico, secretario de Salud.
Una de las denuncias por promoción personalizada contra la gobernadora electa fue interpuesta ante el Instituto Electoral del Estado (IEE) por el Partido Acción Nacional (PAN).
En la denuncia se argumentó que la entonces alcaldesa de Mexicali había promovido su imagen indebidamente al publicar en redes sociales una foto inaugurando los trabajos de reconstrucción de la avenida Oaxaca.
La foto, que se viralizó de inmediato, fue tomada el 7 de diciembre de 2020, un día después del inicio oficial del proceso electoral en el que Ávila Olmeda contendería, a la postre triunfalmente, por la gubernatura.
La denuncia del PAN fue presentada el 11 de diciembre por promoción personalizada, uso indebido de recursos públicos y actos anticipados de campaña mediante el uso de las redes sociales Facebook y Twitter, y quedó registrada con el número de expediente IEE/UTCE/PES/09/2020.
La denuncia recorrió un largo camino: del consejo distrital del IEE pasó a la unidad técnica de lo contencioso electoral. Después se desahogó en una audiencia y, finalmente, fue remitida al Tribunal de Justicia Electoral del Estado de Baja California (TJEEBC).
En su defensa, Ávila Olmeda argumentó que la fotografía y su difusión constituían un genuino trabajo de rendición de cuentas, que las citadas publicaciones se realizaron fuera de los periodos de precampaña y campaña y que, por tanto, no tenían la intención de incidir en la contienda electoral.
Agregó que las publicaciones no se podrían encuadrar en las disposiciones del Artículo 134 constitucional, porque el costo de su difusión fue cubierto con recursos económicos propios, por lo que no podrían ser consideradas como propagación de publicidad de un ente público.
Dos de los tres magistrados del tribunal electoral coincidieron con la alcaldesa de Mexicali y el fallo colegiado determinó la inexistencia de la promoción personalizada y del uso indebido de recursos públicos.
El falló consideró que la funcionaria no transgredió los principios de imparcialidad y equidad en la contienda. Lee el documento de la sentencia aquí.
El asunto es que el veredicto se produjo el 17 de junio de 2021, 11 días después de la elección para gobernador que Ávila Olmeda ganó, y casi seis meses después de que se interpusiera la denuncia en su contra.
Los magistrados Jaime Vargas Flores y Carola Andrade Ramos exoneraron a la hoy gobernadora electa, pero la magistrada Elva Regina Jiménez Castillo votó en contra del fallo que al final se impuso por mayoría.
En las últimas páginas de la resolución, la magistrada Jiménez Castillo argumentó que la fotografía de la ex alcaldesa de Mexicali, así como un video sobre el evento que también se difundió, la presentaron como “una servidora pública que cumple sus promesas, en específico, una promesa de campaña consistente en la reconstrucción de la avenida Oaxaca de esta ciudad; aunado a que existe una sobreexposición de su imagen que sobrepasa los márgenes legales establecidos y que actualiza la infracción denunciada”.
El 15 de junio de este año, nueve días después de las votaciones, Ávila Olmeda recibió del IEE la constancia de mayoría que, desde esa fecha, la avala como gobernadora electa de Baja California.
Ávila Olmeda, quien fue diputada federal entre septiembre de 2018 y marzo de 2019, no era ajena a las denuncias por promoción personalizada.
En 2019 fue declarada responsable por esa infracción, de acuerdo con el expediente PS-03/2019. En esa ocasión se le dio vista a su entonces superior jerárquico, es decir, a la contraloría interna de la Cámara de Diputados. No hay evidencia de que se haya llevado a cabo ninguna sanción.
Manuel Durán Morales, primer secretario de la ponencia de la magistrada Jiménez Castillo respecto del caso de Ávila Olmeda, dijo en entrevista que los criterios de los magistrados que resuelven casos de promoción personalizada pueden variar de un estado a otro del país o, incluso, entre una sala revisora y otra.
La guía siempre debe ser el Artículo 134 de la Constitución, que establece cómo deben ser las campañas de comunicación de los entes o servidores públicos.
Además la jurisprudencia 12 del 2015 de sala superior señala que para acreditar o actualizar la promoción política personalizada, se deben de reunir tres elementos: el personal, el objetivo y el temporal, explicó.
“El elemento personal incluye que determinada propaganda incluya imágenes, símbolos, voces que hagan plenamente identificable al servidor público sin necesidad de ello para presentar cualquier tipo de información. El objetivo, es cuando esa sobreexposición de la imagen se hace con fines electorales, y el temporal nos dice que los hechos deben ocurrir durante el desarrollo de un proceso electoral”, indicó.
Las campañas de comunicación relacionadas con informes de actividades deben realizarse sólo en momentos específicos. Si la difusión de logros gubernamentales se realiza fuera del periodo permitido se incurre en promoción personalizada, explicó Durán Morales.
Por ejemplo, en Baja California, el año de actividades del gobernador concluye cada 1 de noviembre, el del Congreso el 1 de octubre y el de los ayuntamientos el 1 de septiembre. En todos los casos, los funcionarios de esos diferentes entes pueden realizar informes de labores o resultados siete días antes de esa fecha y hasta cinco días después de la misma.
Durante esos días “sí se puede explotar la imagen y la voz de los servidores públicos, porque se entiende, también, que es un derecho de la ciudadanía estar informada de lo que hacen sus mandatarios”, dijo Durán Morales.
En su opinión, un primer problema para asegurar que se cumpla el espíritu del Artículo 134 es que es muy delgada la línea entre el derecho de la gente a estar informada y la promoción personal indebida que realizan servidores públicos intentando disfrazarla de ese derecho.
A la variedad de criterios con que los juzgadores pueden pronunciarse sobre un caso de potencial promoción personalizada, se agrega que la ley electoral no contempla un apartado de sanciones una vez que se declara como cometida la infracción.
Esta investigación identificó varios casos, de diferente naturaleza, en que, por diversas razones no se impuso ninguna sanción a personas que fueron encontradas responsables de promoción personalizada.
Alfredo Vega Valencia fue director de comunicación del ayuntamiento de Mexicali en la administración 2016-2019, encabezada por el panista Gustavo Sánchez Vázquez. Ambos, Vega y Sánchez, fueron denunciados por una serie de publicaciones sobre actividades del alcalde que, de acuerdo con la denuncia, violaban el Artículo 134 constitucional.
La denuncia fue interpuesta el 31 de enero de 2019 por el Partido del Trabajo -aliado de Morena-, y se registró como el proceso sancionador PS-012/2019 por promoción personalizada y uso indebido de recursos públicos.
La parte denunciante proporcionó 129 ligas electrónicas a publicaciones de Sánchez Vázquez, para dar sustento al argumento de “sobreexposición de su imagen”.
Vega Valencia fue encontrado responsable de promoción personalizada y uso indebido de recursos públicos, en relación con cuatro publicaciones en las que aparecía Sánchez Vázquez antes del inicio del proceso electoral 2020-2021.
El fallo fue comunicado al superior jerárquico del funcionario, en este caso, la sindicatura del ayuntamiento de Mexicali, “a fin de que proceda en los términos de las leyes aplicables”.
Al cierre de este texto, la sindicatura no había resuelto aún qué sanción impondría a Vega Valencia.
Entrevistado sobre el tema, Vega dijo que su caso derivó de una campaña de acoso en su contra, que explica en el cambio de partido político en el gobierno municipal de Mexicali. Trabajó para una administración panista, que fue reemplazada en 2019 por una de Morena.
“En mi caso pude palpar el sesgo en la administración de la justicia para impulsar ciertos temas con intereses puramente políticos, puramente de revancha”, dijo Vega Valencia.
Con sus palabras, el ex director de Comunicación Social del ayuntamiento de Mexicali introduce la posibilidad de que las acusaciones y los veredictos relacionados con acusaciones de promoción personalizada pudieran concluir en una declaratoria de culpabilidad o exoneración dependiendo de las posiciones que ocupan las diferentes fuerzas en el tablero político del estado.
Otro caso que hasta ahora quedó sin sanción es el del ex legislador del PAN Sergio Tolento Hernández, diputado en la XXII legislatura local entre 2016 y 2019.
Tolento Hernández fue acusado de promoción personalizada por el Partido del Trabajo en marzo de 2019, por difundir en redes sociales diversos eventos.
Fue encontrado responsable en el procedimiento sancionador especial PS-18/2019 y, aunque el ex congresista impugnó la resolución, ésta fue confirmada el 18 de julio de 2019 por la Sala Guadalajara del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, durante el juicio electoral número SG-JE-16/2019.
El actual contralor interno del Congreso de Baja California, Hugo Amador Núñez, informó que el caso de Tolento se encuentra aún en trámite ya que, debido a la pandemia provocada por el Covid-19, fueron suspendidos los procedimientos, plazos y términos ordenados por la Junta de Coordinación Política desde marzo de 2020 y reanudados en agosto de 2021.
El ex representante en Baja California de Financiera Nacional de Desarrollo (FND, un ente federal), el morenista Salomón Faz Apodaca, actualmente titular de Secretaría para el Manejo y Saneamiento del Agua en el estado, fue denunciado por el PRI en abril de 2019 por aplicar con imparcialidad los recursos públicos, aunque sin influir en la competencia entre partidos.
Según el documento PS-60/2019 fue declarado como no responsable de la infracción de promoción personalizada y sí como responsable de la infracción de uso indebido de recursos por asistir y participar en un acto de campaña del entonces candidato a gobernador Bonilla Valdez.
Al ser cuestionado sobre el caso, Faz Apodaca respondió: “fui encontrado inocente. Recibí una sanción administrativa que fue cumplida porque salí de la Financiera Nacional de Desarrollo. La denuncia electoral provocó una sanción administrativa, que al momento de declararse ya se había aplicado”.
Lo cierto es que el organismo federal lo separó de su cargo la semana siguiente a la denuncia el 24 de abril de 2019, mientras la resolución del tribunal electoral, en la que se pide dar vista al órgano interno de control de FND, se emitió hasta el 10 de octubre del mismo año.
Para entonces Faz Apodaca no laboraba más para el organismo federal, por tanto, el despido no puede ser considerado como una sanción derivada directamente de la resolución del tribunal.
Al entrar en funciones el gobierno de Jaime Bonilla, en diciembre de 2019, Faz Apodaca fue nombrado director de Adquisiciones de Oficialía Mayor, luego fue ascendido a Oficial Mayor y desde mayo de 2020 es el titular de la secretaría del Agua.
La resolución especifica que, dado que la conducta atribuida a Faz Apodaca puede ser constitutiva de un delito de carácter penal, se debe dar vista a la Fiscalía Especializada para la Atención de Delitos Electorales, remitiendo copia certificada del expediente para que determinen lo que en derecho corresponda.
Además de todo lo anterior, las reformas hechas al artículo 134 en el año 2008 no dejan clara la interpretación sobre promoción personalizada a los tribunales electorales, de acuerdo con el abogado Víctor Lujano Sarabia, quien ha interpuesto varias denuncias por promoción personalizada a nombre del PAN en Baja California, principalmente en contra de Bonilla Valdez y de Ávila Olmeda.
“Se ha ido matizando poco a poquito en la interpretación del Tribunal el concepto de promoción personalizada, pero aun así hemos encontrado que aquí, en Baja California, se ha vuelto a abusar de ese derecho… Desde el 2008 no habíamos tenido tantas denuncias como este año por promoción personalizada. Puede ser eso por una falta de respeto a la ley de quienes gobiernan o desconocimiento también, pero yo voy por más por la primera opción”, precisó.
Sobre la influencia que tiene el partido que gobierna en las sanciones, indicó que si el Congreso es afín al funcionario público no pasa nada, “si es contra los terminan hasta destituyendo por una asistencia a un mitin, como sucedió en Colima hace dos años. Nos vamos de un extremo a otro. Aquí en Mexicali tuvimos el caso del exalcalde Francisco Pérez Tejada, que también fue encontrado responsable por una situación similar. Llegó la resolución a un Congreso predominantemente de su partido y ni siquiera lo amonestaron, simple y sencillamente dijeron que ellos consideraron que no era falta”.
Por otra parte, Lujano Sarabia expresó que el uso de las redes en la política han influido, sin duda, en este aumento de las denuncias por vulneración del artículo 134. Las redes sociales están perfectamente reguladas, dijo.
Lo que parece sugerir el abogado es que, lo que se necesita es que la ley existente simplemente se aplique y nada más.
La idea parece más que justificada, especialmente si se toma en cuenta la preeminencia cada vez mayor de las redes sociales y los medios digitales en la competencia política.
Baja California es un buen ejemplo de ello.
Desde que llegó al poder, Bonilla Valdez ha hecho de Facebook una herramienta permanente de su gobierno. Está entre los 10 gobernadores en el país con mayor interacción a través de esa red social y tiene de los alcances más altos en Baja California, de acuerdo con un monitoreo de la agencia Business Thinking.
El gobernador de Baja California tiene un millón 762 mil 057 seguidores en Facebook, según la misma fuente, casi la mitad de la población del estado, de 3 millones 769 mil habitantes según cifras de INEGI.
Cada día postea al menos cuatro mensajes y todos los días -excepto durante el periodo electoral- ha venido realizando una conferencia de prensa vía Facebook Live.
La gobernadora electa, Ávila Olmeda, mantiene una presencia activa en redes que le ha ganado tanto críticas de sus detractores como apoyo de sus simpatizantes. En Facebook tiene más de 172 mil seguidores y es, también, una entusiasta de las transmisiones en vivo.
La ex alcaldesa de Mexicali fue quien más gastó en publicidad de Facebook en el pasado proceso electoral: más de 3 millones de pesos, es decir, más de 50 mil pesos por día.
En comparación, Jorge Hank, empresario y ex candidato del Partido Encuentro Solidario a la gubernatura, gastó poco menos de medio millón de pesos y Lupita Jones, quien fue abanderada de la alianza Va por BC, gastó poco más de 25 mil pesos, de acuerdo con datos de la Biblioteca de Anuncios de Facebook.
Jorge Camarillo representa a Business Thinking, empresa dedicada a la administración de redes sociales. Antes de la pandemia, dijo, los metros de “scroll” (lectura de arriba hacia abajo de contenido en un sitio en internet) que veían los usuarios mexicanos en Facebook eran de 42 a 46. Pero durante el confinamiento provocado por la pandemia esa cifra se duplicó.
El “scroll” ahora es “casi lo equivalente a un edificio de 10 pisos”, señaló.
Por el uso de Facebook desde el teléfono móvil, México es el quinto país en el mundo que más usa Facebook; unos 90 millones de usuarios en el país, de acuerdo con Camarillo.
Facebook es el rey de las redes sociales y por supuesto de la política, dijo. “Si quieres llegarle a la mayor parte de la población, las dos redes más fuertes son Facebook e Instagram. No quiere decir que todos estén en política, pero si tienes 90 millones de mexicanos que están en Facebook y a la mitad de la población no le interesa la política, entonces te vas a concentrar en los 45 que sí; a mayor alcance, mayores posibilidades tienes de que te vean y que te escuchen”.
Baja California es el tercer estado con más actividad en esa red social, después de Baja California Sur y Nuevo León.
En política, el que no está en Facebook está fuera de la jugada, dijo Camarillo.
Se antoja difícil que esa tendencia cambie. Quizás, la única opción para que, en un mundo dominado por las redes sociales, se garanticen competencias justas y equitativas, como plantea el Artículo 134 de la Constitución, es que, como dijo el abogado Lujano Sarabia, la ley se respete.
Veremos.
Nota: Para este reportaje se buscó la opinión tanto de la Secretaria de la Honestidad, Vicenta Espinoza, como de la gobernadora electa de Baja California, Marina del Pilar Ávila Olmeda, sin obtener respuesta. Vía Whatsapp durante agosto y septiembre se pidió a Néstor Cruz, vocero de Ávila Olmeda, una entrevista con la gobernadora electa, sin resultados. De igual manera cinco mensajes enviados al celular de Vicenta Espinoza solicitando una entrevista se quedaron en “visto”.
Otros créditos:
Ilustración apertura: Carlos MendozaVideo: Aurora Preciado Balandrán
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